Nota de prensa
accesible360.org · Veinte voces independientes por la accesibilidad universal
Madrid, 17 de septiembre de 2026
El Panel de Expertos en Entornos Inclusivos reclama sanciones eficaces, seguridad jurídica y educación desde la infancia tras su tercera sesión, celebrada el 16 de septiembre.
Veinte especialistas independientes en accesibilidad universal, reunidos en el Panel de Expertos en Entornos Inclusivos, debatieron ayer una pregunta incómoda: ¿por qué la accesibilidad sigue tratada como un añadido menor frente a otras prioridades sociales como la sostenibilidad ambiental, la igualdad de género o la seguridad? La sesión, moderada desde Madrid y seguida por invitados conectados desde tres continentes, concluyó con un diagnóstico compartido: la ley existe, pero no se cumple, y sin consecuencias reales para quien la incumple, la accesibilidad seguirá en segundo plano.
El Panel constató que el artículo 9 de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad —el que obliga a garantizar la accesibilidad— es, según los informes anuales del movimiento asociativo, el más incumplido de todo el tratado. La reforma del artículo 49 de la Constitución española, en febrero de 2024, obligó a los poderes públicos a impulsar políticas de inclusión en entornos accesibles. Dos años después, los expertos señalan que esa obligación choca con administraciones donde nadie asume la responsabilidad de sancionar: el propio Ayuntamiento de Madrid arrastra, según los participantes, expedientes de accesibilidad sin resolver desde 2017.
"La accesibilidad no es un complemento de los derechos: es la condición que los hace efectivos. Sin ella, los derechos son letra muerta." — Principio fundacional del Panel de Expertos en Entornos Inclusivos
La sesión contó con tres invitados externos. Desde la perspectiva del movimiento asociativo, se defendió que la accesibilidad concentra hoy la mayor proporción de denuncias registradas en materia de discapacidad, muy por delante de educación o empleo. Desde el Consejo de Estado se explicó cómo la función consultiva revisa los nuevos reglamentos de igualdad y accesibilidad cognitiva para que los principios generales se conviertan en obligaciones jurídicas exigibles, con plazos concretos —hasta quince años en sectores como el transporte— y un lenguaje claro como condición de eficacia. Y desde la perspectiva internacional se contrastaron modelos: el sistema judicializado de Estados Unidos, el deber de anticipación británico, los certificados de acceso irlandeses, los incentivos económicos de Singapur y el reciente sistema de certificación de Abu Dabi, que condiciona la licencia de obra al cumplimiento de la accesibilidad.
"En el Reino Unido, Irlanda y Estados Unidos la accesibilidad se aplica con rigor normativo; en Japón, los avances los lideran las empresas." — Francesc Aragall, presidente de Design for All International
Uno de los debates de mayor calado giró en torno a disociar la accesibilidad de la discapacidad para extenderla a toda la sociedad. Varios panelistas coincidieron en que la falta de accesibilidad no debe percibirse como una torpeza individual, sino como un fallo de diseño que, tarde o temprano, afecta a cualquier persona por edad, enfermedad o accidente.
"La discapacidad ha sido el motor inicial, pero la accesibilidad debe volar por sí sola: absorbe a la discapacidad y la supera, porque beneficia a todas las personas, en todos los entornos." — Símil expuesto durante la sesión
El Panel cerró la sesión consolidando cuatro ejes de trabajo para los próximos meses:
La sesión se cerró con la presentación del libro digital Marco jurídico de la accesibilidad universal, de Pedro Luis García López-Tello, segunda obra de la colección editorial de Accesible 360. La obra reúne en un solo volumen la normativa internacional, nacional, autonómica y local, con jurisprudencia y doctrina, y un glosario de más de 400 términos, pensado para profesionales del derecho, personas con discapacidad y sus familias, administraciones y estudiantes.
Esta nota de prensa se ha elaborado con asistencia de sistemas de inteligencia artificial generativa, conforme al artículo 50 del Reglamento (UE) 2024/1689, y ha sido revisada y validada por Accesible 360, S.L.U. antes de su publicación.